viernes, 21 de febrero de 2014

Concurso de personas físicas (2)


La segunda de las entradas en Credit Slips lleva por título Deudor, ¿qué deudor? y es un análisis de la falacia de que los deudores personas físicas son tratados, todos, del mismo modo. En realidad, la norma diferencia internamente entre los que tienen actividad empresarial y los que no la tienen. En principio, los primeros pueden recibir un mejor tratamiento. Lo que no queda claro es, en cambio, el motivo para ello.

Puede leerse aquí.

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